Lo que está en juego no es únicamente la validez de estas medidas, sino el estándar con el que se seguirán evaluando futuras políticas públicas. De ahí la importancia de insistir en rigor jurídico, memoria institucional y perspectiva de género.

La gobernadora firmó el Proyecto del Senado 504. También firmó el Proyecto del Senado 3. Más allá de las discusiones técnicas o de las explicaciones oficiales, ese hecho obliga a detenernos a pensar qué significa legislar —y firmar— en un contexto marcado por disputas profundas sobre los derechos de las mujeres, la violencia de género y las obligaciones del Estado.

No se trata de leyes idénticas ni de efectos jurídicos equivalentes. Pero tampoco son inconexas. Ambas forman parte de un mismo momento político y de una misma conversación social sobre cómo el Estado responde —o no— a la violencia de género, y cómo define los límites de los derechos de las mujeres sin necesariamente prohibirlos de manera frontal.

El PS 504 introduce un cambio sustantivo en el Código Civil al reconocer personalidad jurídica desde la concepción. No es una disposición simbólica ni meramente declarativa. El derecho civil organiza las relaciones jurídicas básicas de una sociedad, y cualquier alteración a sus categorías fundamentales tiene efectos amplios, duraderos y difíciles de contener.

Reconocer personalidad jurídica desde la concepción claramente no se agota en el debate sobre aborto. Incide en la forma en que se entienden la responsabilidad, la práctica médica, los derechos patrimoniales y la interpretación constitucional. Nos toca ahora defender una aplicación restrictiva de la nueva ley. Sabemos que la intención legislativa fue abonar a un terreno normativo para restringir el derecho el aborto. Solo ahí, y en el contexto de la legalidad del aborto en Puerto Rico, es que debemos conceder su injerencia en el día a día de las mujeres y sus defensoras.

El PS 3, por su parte, se mueve en un registro distinto. Enmienda el Código Penal para crear un delito adicional en circunstancias muy específicas relacionadas con la violencia contra una mujer embarazada que resulta en la muerte del feto. Es importante decirlo con claridad: el PS 3 no criminaliza el aborto, ni a las mujeres o personas gestantes, ni a los profesionales de la salud. El texto de la ley así lo establece, y el derecho penal, por su propia naturaleza, opera de manera restrictiva, sujeto a estrictas salvaguardas procesales.

Sin embargo, el análisis no puede limitarse a esa precisión técnica. El PS 3 recurre al concepto del nasciturus y al nombre de una víctima concreta -Keishla Rodríguez Ortiz- para legislar. El derecho penal no solo castiga conductas; también comunica mensajes sobre qué vidas importan, cómo se interpreta la violencia y qué respuestas se consideran legítimas.

Desde ahí surge la incomodidad que muchas personas han expresado ante el uso del nombre de una víctima para legitimar medidas legislativas que buscan legitimar agendas históricamente hostiles a los derechos de las mujeres.

En otras palabras, el P. de S. 504 hace más vulnerables a mujeres que, como Keishla, están embarazadas de sus agresores. Ese es el efecto neto de proyectos legislativos antiderechos.

Finalmente, la firma de ambos proyectos no solo produce efectos jurídicos concretos; también permite leer el criterio desde el cual la gobernadora de Puerto Rico está tomando decisiones de política pública y el lugar que ocupa —o no— la perspectiva de género en ese proceso. Seguiremos atentas.

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Apuntes de Justicia y Género es un espacio de análisis crítico, escritura jurídica y reflexión feminista sobre cómo se aplica —y cómo debería aplicarse— el derecho en Puerto Rico. Aquí comparto lecturas del momento, comentarios sobre decisiones judiciales, debates actuales en torno a políticas públicas y una mirada honesta a las tensiones que viven nuestras instituciones cuando se enfrentan a las realidades de género, violencia, desigualdad y poder.

Este blog nace de la urgencia: del peso que deja la ola conservadora, del agotamiento que provoca resistir políticas de terror, y de la necesidad de tener un espacio propio, cuidadoso y con perspectiva de género, donde pensar antes de actuar. Es una pausa y también un archivo. Un lugar para mirar de frente lo que está pasando y, a la vez, recuperar fuerza y claridad para lo que viene.